
Facturación y Registración: Desaparece la Factura “M”
La Resolución General 5762/2025 de ARCA introduce cambios importantes en el régimen de facturación. Desde diciembre de 2025, desaparece la Factura M y se reemplaza por nuevos tipos de comprobantes tipo “A” con leyenda, aplicables a quienes no acrediten solvencia patrimonial.
¿Qué cambió?
A partir del 1° de diciembre de 2025, los responsables inscriptos en IVA que soliciten por primera vez autorización para emitir comprobantes ya no podrán emitir facturas clase “M”.
En su lugar, se emitirán Facturas clase “A” con leyenda “Operación sujeta a retención” o “Pago en CBU informada”, dependiendo de la situación del contribuyente.
Requisitos para solicitar comprobantes por primera vez
Los contribuyentes deberán acreditar solvencia patrimonial y no haber solicitado bajas en el IVA en los últimos 12 meses. Si cumplen con los requisitos, podrán emitir comprobantes clase “A” sin restricciones.
En caso contrario, solo se autorizará la emisión de comprobantes con leyenda.
Retenciones aplicables
En las operaciones con Factura “A” con leyenda “Operación sujeta a retención” se aplican retenciones del 100% de IVA y del 6% en el Impuesto a las Ganancias.
Evaluación de cumplimiento fiscal
ARCA evaluará trimestralmente el comportamiento fiscal de los contribuyentes a través del Libro IVA Digital o DDJJ F.2051, para determinar si pueden continuar emitiendo facturas sin restricciones.
